La Corte Federal de Apelaciones del 11vo Circuito en Atlanta (EE.UU.), tras revisar el caso de “Jane Doe, et al., versus Drummond Company Inc., Drummond Ltd., et al.”, en el cual la compañía y dos de sus ejecutivos habían sido acusados de estar presuntamente involucrados en una conspiración con grupos paramilitares, archivó el caso luego de dictaminar que carecía de fundamentos. La demanda fue instaurada en primera instancia en el 2009.
La Corte de Apelaciones corroboró el fallo de primera instancia según el cual no hay evidencias de que Drummond Company Inc., Drummond Ltd ni sus ejecutivos estuvieran presuntamente involucrados en realizar pagos al grupo paramilitar Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). Adicionalmente la Corte falló que tampoco hay evidencias de que ejecutivos de Drummond “supieran que personas que no eran combatientes hubieran sido asesinados cerca a la vía férrea”. El alto tribunal también estableció que no hay pruebas de que “los paramilitares estuvieran recibiendo pagos por parte de Drummond”. Así mismo, la corte distrital determinó que “las evidencias presentadas por los demandantes no probaron culpabilidad de los demandados”. Consecuentemente, la Corte de Apelaciones corroboró el fallo inicial a favor de los demandados.
Se demostró que hay “ausencia de evidencia que soporte las pretensiones de los demandantes” contra los ejecutivos. Específicamente, el fallo establece que no existen evidencias de que los ejecutivos “tuvieran conocimiento alguno de un presunto plan corporativo para financiar o apoyar de alguna manera a las AUC, menos aún que hubieran participado en tal plan o que tuvieran control sobre los que presuntamente hubieran participado”.
La decisión de la Corte reiteró que “los demandantes no presentaron evidencias genuinas que comprobaran una responsabilidad” en relación con “un presunto plan corporativo que resultara en la muerte de civiles en cercanía a las operaciones mineras o la línea férrea por parte de las AUC”. A su vez dijo que “no hay pruebas de culpabilidad de los demandados con respecto a las acusaciones de los demandantes con base en la Ley de Protección de Víctimas de Tortura de 1991 (Torture Victim Protection Act of 1991 (TVPA))”.
Drummond dijo: “Con la absolución a la Compañía y sus ejecutivos de toda presunta actividad criminal, Drummond recibe con beneplácito este fallo, que es una confirmación que nuestras operaciones se ciñen a la ley en todo momento. Drummond no ha estado involucrado en ningún momento en actividades ilícitas ni se ha relacionado con grupos al margen de la ley. Este caso surgió por iniciativa de unos abogados ambiciosos que buscaban grandes ganancias generando acusaciones falsas, utilizando testigos que recibieron pagos por sus testimonios. Se han descubierto evidencias que dichos testigos y/o sus familias obtuvieron beneficios financieros por parte de los abogados. SE HIZO JUSTICIA EN LAS CORTES. Ahora, los ejecutivos que habían sido falsamente acusados pueden trabajar sin tener dichas falacias colgando sobre sus cabezas, y la Compañía puede seguir trabajando para generar una mejor y más segura calidad de vida para los trabajadores y las comunidades de las cuales formamos parte”.